jueves, 6 de agosto de 2009

Ahorrar con tu cuenta II

Cuenta ahorro vivienda
Os copio-pego (ya que creo que esta muy clarito), las caracteristicas así como la informacion legal, que he encontrado sobre las cuentas ahorro vivienda


"Las cuentas vivienda son un instrumento creado con el objetivo de ahorrar para comprarse un piso o para rehabilitarlo (en todo caso, debe ser la vivienda habitual). Su peculiaridad es que las aportaciones que realizan sus titulares se benefician de una deducción fiscal del 15%, sobre un máximo de 9.015 euros anuales, en el territorio general.
Pasados cuatro años desde que se abrió la cuenta, los contribuyentes que declaran en el territorio común (excluidos País Vasco y Navarra) debían comprarse un piso y utilizar los ahorros acumulados en el producto. En caso de no adquirir una vivienda, se debían devolver a Hacienda las deducciones satisfechas más los intereses correspondientes, fijados por la Agencia Tributaria en función de la situación del mercado.
Ante la situación de restricción al crédito, el Gobierno ha decidido ampliar el plazo de las cuentas vivienda en el territorio general "

- Ampliacion del plazo de las cuentas ahorro vivienda

"Esta medida permite que las cantidades depositadas en las cuentas vivienda, que por la finalización del citado plazo, debieran destinarse a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2008 y el día 30 de diciembre de 2010, puedan destinarse a dicha finalidad hasta el día 31 de diciembre de 2010, sin que ello implique la pérdida del derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual. Por tanto, se amplía el plazo para materializar la compra de vivienda una vez transcurridos los cuatro años.

Beneficiarios

Los titulares de las cuentas que han estado ahorrando para adquirir o rehabilitar su vivienda principal no se verán forzados a materializar su inversión en la actual coyuntura, en la que el endurecimiento en las condiciones de crédito hace especialmente difícil obtener financiación en términos razonables para estos fines. Se estima que esta medida beneficiará a 180.000 personas, en su mayoría jóvenes.

Estado

Esta medida fue aprobada por el Real Decreto 1975/2008, de 28 de noviembre, sobre las medidas urgentes a adoptar en materia económica, fiscal, de empleo y de acceso a la vivienda, publicado en el BOE de 2 de diciembre de 2008."


Lo mejor:

El ahorro fiscal que se puede llegar a conseguir con este tipo de cuentas es de 1.352,27 € por año

Lo peor:

Si no consigues comprar antes del plazo legal, tienes que devolver todo el dinero que te has desgravado, más intereses de demora

Os cito por orden las fuentes utilizadas en este articulo:

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/finanzas/2009/06/29/186291.php (*)

http://www.plane.gob.es/ampliacion-del-plazo-para-materializar-la-cuenta-ahorro-vivienda/


(*) IMPORTANTE: La informacion a cerca del cambio de los plazos para la compra, no cambia de 4 a 6 años como indica este enlace. La informacion correcta a cerca del cambio del plazo es la expuesta en el articulo y que ha sido sacada del segundo enlace (el que muestra la informacion correcta)

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